Dales la mejor atención
Una alternativa que salva vidas
Es un factor de primera necesidad, contar con seguridad social como un derecho de los ciudadanos que otorga el Gobierno Federal de manera gratuita, mas sin embargo, la infraestructura no se da abasto con la demanda de atención que hay en la población, y esto demerita y deja al descubierto el gran problema que hay. Por eso mucha gente opta por dirigirse a una atención en el sector privado, la cual dependiendo de la situación medica, definirá el gasto que tenga que esforzarse a hacer, para tener un BUENA atención medica.
Nosotros te sugerimos transferir tus riesgos medicos a una compañia aseguradora, un pequeño importe que te va a garantizar que si tienes una emergencia medica, podrás atenderte con las mejores atenciones, los mejores hospitales y médicos.
Un pronta reacción es fundamental para salvar una vida, cuida la tuya y la de tus seres queridos.
Seguro de gastos médicos mayores familiar
Riesgos cubiertos

Accidente
Es la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado que produzca invalidez temporal o permanente o muerte.
Enfermedad
Alteración leve o grave del funcionamiento normal de un organismo o de alguna de sus partes debida a una causa interna o externa.


Estudios de laboratorio y gabinete
Procedimiento médico para el que se analiza una muestra de sangre, orina u otra sustancia del cuerpo. Las pruebas de laboratorio ayudan a determinar un diagnóstico, planificar y controlar si el tratamiento es eficaz, o vigilar la enfermedad a lo largo del tiempo. Los estudios de gabinetes, son los procedimientos que requieren de un equipo especializado para realizar el diagnóstico de un paciente y generalmente, proporcionan imágenes.
Conceptos del seguro de gastos médicos
Cobertura básica
Se cubrirán los gastos erogados en territorio nacional por los siniestros cubiertos, aplicando el deducible y coaseguro estipulados en la carátula de póliza.
Suma asegurada
Responsabilidad máxima de la compañía para indemnizar un accidente o padecimiento cubierto.
Deducible
Monto fijo a cargo del asegurado que se encuentra estipulado en la carátula de póliza el cual aplicará para cada siniestro cubierto.
Coaseguro
Porcentaje a cargo del asegurado sobre los gastos procedentes que aplica después de descontar el deducible.
Tope de coaseguro
Es el monto MAXIMO que el asegurado pagará por concepto de coaseguro, por cada enfermedad o accidente cubierto.
Pago directo
Proceso mediante el cual la Compañía realiza el pago al hospital en convenio, por la atención médica brindada.
Pago por rembolso
Pago de la Compañía, por gastos previos o posteriores a una hospitalización o por tratamiento por parte del asegurado, como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto.

Periodos de espera
Tiempo necesario que debe transcurrir ininterrumpidamente para cada asegurado desde la fecha de Alta del asegurado en la póliza hasta la fecha de la realización del siniestro, a fin de que determinados gastos puedan ser cubiertos por la Compañía.
Objeto del seguro
Su función es resarcir al asegurado de los gastos en que incurra, con motivo de la atención médica que reciba para el restablecimiento de su salud, de acuerdo con un diagnóstico médico definitivo y estudios que lo corroboren. Estos gastos deberán ser derivados de Tratamientos relacionados con un accidente o enfermedad cubiertos, y deberán estar relacionados con el diagnóstico y proporcionados por instituciones y personas autorizadas legalmente para el ejercicio de su actividad.
Coberturas adicionales
Medicamentos fuera de hospital
Se cubrirán los costos de los Medicamentos adquiridos fuera de un Hospital, clínica o sanatorio únicamente en territorio nacional y mediante el pago por reembolso.
Apoyo para maternidad
La Compañía indemnizara hasta el limite máximo contratado para esta cobertura por concepto de parto o cesárea. Para hacer efectiva esta cobertura la Asegurada debe cumplir con 10 meses de cobertura continua al momento del parto o cesárea
Preexistencias
Cobertura adicional en la cual una vez que el asegurado haya cumplido 2 años continuos con ésta, la Compañía pagará los gastos derivados de las enfermedades preexistentes que hayan sido declaradas en la solicitud de seguro, siempre y cuando en dicho periodo:
a) No haya recibido Tratamiento Médico.
b) No haya erogado gastos para la atención de este.
c) No se haya excluido expresamente con un Endoso en la Póliza.
Enfermedades en el Extranjero
El asegurado tendrá derecho a ampliar su Zona de Cobertura a territorio extranjero por los gastos de atención médica a consecuencia de las enfermedades descritas más adelante, cuyo diagnóstico y primeros gastos se originen a partir de la contratación de esta cobertura adicional y que cumplan con el periodo de espera establecido para las siguientes Enfermedades:
a) Cáncer
b) Enfermedades cerebro vasculares
c) Coronarias que requieren cirugía
d) Trasplante de órganos
e) Infarto del miocardio
f) Enfermedades renales
g) De la columna vertebral
h) Segunda opinión medica


Plan Nacional
Cobertura adicional que permite que el asegurado pueda recibir atención médica en cualquier parte del territorio nacional, aplicando las condiciones y límites contratados en la póliza, se eliminará el aumento de coaseguro por penalización de zona.
Deducible cero por accidente
Cobertura en la cual, la Compañía modifica el deducible contratado en la cobertura básica a quedar en cero pesos, en caso de un accidente, siempre y cuando el monto total de los gastos cubiertos sea superior a $2,000.00 pesos.
Complicaciones por gastos no cubiertos
Esta cobertura, cubrirá en territorio nacional los gastos médicos erogados a partir de cualquier emergencia médica por las complicaciones de los tratamientos de los siguientes conceptos:
a) Tratamientos o procedimientos terapéuticos de carácter estético o plástico.
b) Tratamientos de calvicie, obesidad, reducción de peso, anorexia, bulimia.
c) Procedimientos terapéuticos o Tratamientos para control de fertilidad, esterilidad, natalidad, infertilidad e impotencia sexual que se presenten antes de la fecundación.
d) Procedimientos terapéuticos de nariz o senos paranasales.
e) Tratamientos dentales, alveolares, gingivales y maxilofaciales que no sean a
consecuencia de un accidente cubierto.
Al estar estabilizada y controlada la condición patológica o traumática del asegurado cesará la emergencia médica y, por lo tanto, los efectos del beneficio de esta cobertura.
Atención en el Extranjero
El asegurado tendrá derecho a ampliar su zona de cobertura a territorio Extranjero aplicando las condiciones y límites contratados y establecidos para esta Póliza.

Continuidad de cobertura
La Compañía otorgará una Póliza
individual con las condiciones equivalentes a la póliza colectiva, de acuerdo con los productos vigentes registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, reconociendo la fecha
de antigüedad de la póliza de Gastos Médicos Mayores colectivo de esta Compañía, mediante un endoso, con la finalidad de cubrir los gastos médicos por
accidentes o enfermedades que hayan sido diagnosticados o pagados a partir de antigüedad reconocida de la póliza de colectivo con la Compañía , siempre y cuando:
· Solicite por escrito el beneficio de continuidad, dentro de los 45 días naturales posteriores a la baja del asegurado de la póliza colectiva de esta Compañía.
· Que el asegurado haya ingresado a la póliza colectiva, con una edad máxima de
65 años.
Emergencias en el Extranjero
Quedaran cubiertos los gastos médicos erogados por el asegurado en caso de presentar una emergencia Médica por algún accidente o enfermedad que pongan la vida del asegurado o alguno de sus órganos en riesgo, mientras se encuentre en viaje, fuera de la República Mexicana.
Adicionalmente, se consideran Emergencias médicas:
· Fracturas y esguinces.
· Hipotensión.
· Envenenamiento no intencional.
· Alteración neurológica.
· Quemaduras de 2do grado y 3er grado.
· Temperatura corporal mayor a 38 grados en menores de 12 años
Al estar estabilizada y controlada la condición patológica o traumática del asegurado, cesará la Eventualidad Médica y, por lo tanto, los efectos de esta cobertura.
La Compañía pagará la reclamación en Moneda Nacional, de acuerdo con el tipo de cambio vigente en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago de los gastos cubiertos.