Empresa sobre ruedas...
Autos, motos y camiones...
Al cotizar varias unidades en una misma póliza se le denomina póliza flotilla o póliza maestra, esta tiene como beneficio el bajo costo por cada unidad agregada a la cuenta, mientras mas sean, el costo de tarifa baja en proporción.
Las coberturas y riesgos que amparan son los mismos a los de una póliza individual, al igual que los beneficios fiscales.
Los paquetes opcionales
Coberturas autos
Ampara los riesgos de:
Daños materiales
Robo total
Rotura de cristales
Responsabilidad civil por daños a terceros
Extensión de responsabilidad civil
Daños por la carga responsabilidad civil
Defensa legal
Gastos médicos ocupantes
Asistencia vial
Accidentes conductor
Auto de renta gratuito
Deducible cero por accidente
Devolución de primas por accidente
Equipo especial
Adaptaciones
Póliza de responsabilidad civil en el Extranjero
Coberturas camiones
Ampara los riesgos de:
Daños materiales
Robo total
Rotura de cristales
Responsabilidad civil por daños a terceros
Daños por la carga responsabilidad civil
Doble semirremolque
Defensa legal
Gastos médicos ocupantes
Asistencia vial
Accidentes conductor
Coberturas motos
Ampara los riesgos de:
Daños materiales
Robo total
Rotura de cristales
Responsabilidad civil por daños a terceros
Defensa legal
Gastos médicos
Asistencia vial
Accidentes conductor



Coberturas
Daños materiales
Ampara los daños o pérdidas materiales que sufra el Vehículo a consecuencia de los siguientes riesgos:
a) Colisiones y Volcaduras.
b) Rotura de cristales. Parabrisas, laterales, aletas, medallón y quemacocos adaptados originalmente
por el fabricante.
c) Incendio, rayo y explosión.
d) Ciclón, huracán, granizo, terremoto, erupción volcánica, alud, derrumbe de tierra o piedras, caída
o derrumbe de construcciones, edificaciones, estructuras u otros objetos, caída de árboles o
sus ramas, hundimiento de tierra, vendavales, maremoto e inundación a causa de fenómenos
naturales.
e) Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, mítines, alborotos populares, motines o
de personas malintencionadas durante la realización de tales actos, o bien, ocasionados por las
medidas de represión tomadas por las autoridades legalmente reconocidas que con motivo de
sus funciones intervengan en dichos actos.
f) Daños en y durante su transportación: Ampara los riesgos de varadura, hundimiento, incendio,
explosión, Colisión o Volcadura, descarrilamiento o caída del medio de transporte en que el Vehículo
sea transportado; caída del Vehículo durante las maniobras de carga, trasbordo o descarga, así
como la contribución por Avería gruesa o por cargos de Salvamento.
g) El desbielamiento del Vehículo originado por la penetración de agua al interior del motor, distinta a
la necesaria para su operación y funcionamiento y por causas ajenas a la voluntad del Asegurado
o Conductor
Adaptaciones
Se considerará en pick ups como adaptación o conversión toda modificación y/o adición en carrocería,
estructura, recubrimientos, blindajes, mecanismos y/o aparatos que requiera para el funcionamiento
para el cual fue diseñado.
Para el caso de automóviles, se considerará como adaptación o conversión, los recubrimientos,
blindajes y mecanismos que requiera para su uso, formando parte integrante del vehículo dicha
adaptación para efectos de siniestro y cobro del Deducible correspondiente.
En este caso, la Suma Asegurada total del Vehículo corresponderá al resultado de sumar el valor del
vehículo más el valor de la adaptación.
a) Ampara los daños materiales especificados en la cobertura "Daños materiales".
b) Ampara los riesgos cubiertos en la cobertura de "Robo total".
Auto de renta gratuito
Aplica para un solo evento durante la vigencia de la póliza. Se aplica exclusivamente
a automóviles y pick ups hasta 3.5 toneladas de servicio particular, siempre y cuando se tengan
contratadas las coberturas de "Daños materiales", y. "Robo total"
Se ampara el uso o goce temporal de un Vehículo subcompacto, transmisión automática, con aire
acondicionado y de cuatro puertas, para uso diario limitado a 100 km, que se proporcionará al
Asegurado o Beneficiario a consecuencia de un siniestro.
Asistencia vial
En caso de avería que no permita la circulación autónoma del vehículo, se gestionarán los servicios de remolque hasta el taller más cercano y se cubrirán los gastos correspondientes del traslado, con un máximo de dos eventos por año ocasionados, con un límite máximo de $3,000 pesos por evento, para autos y pick ups


Robo total
Ampara el robo total del Vehículo y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de su
robo total.
En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los
daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c), siempre y cuando no sea a
consecuencia de Colisión del Vehículo, d), e), y f)
Gastos médicos ocupantes
Esta cobertura ampara el pago de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicinas, atención médica, enfermeras, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el asegurado o cualquier persona ocupante del vehículo, ya sea en accidentes automovilísticos ocurridos o como consecuencia del robo total perpetrado del vehículo con uso de violencia, mientras los ocupantes se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas.
Extensión de responsabilidad civil
Ampara la responsabilidad civil en que incurra la persona especificada como
asegurado en la carátula de la póliza contra los mismos riesgos y bajo las mismas bases, límites y
condiciones estipulados para la cobertura, siempre
y cuando se encuentre como conductor de cualquier otro vehículo de uso particular no destinado al
transporte de carga ni de pasajeros, cuya capacidad máxima sea hasta 3.5 toneladas.
En caso de haberse contratado la cobertura "Defensa legal", se entenderá que esta última
también se extiende a amparar al primer titular, persona física, de la póliza, contra los mismos
riesgos y bajo las mismas bases, límites y condiciones estipuladas en dicha cobertura.
Devolución de primas por accidente
En caso de siniestro que implique pérdida total por cualquiera de los riesgos cubiertos en la
cobertura de "Daños Materiales", y ésta hubiere sido contratada, la Compañía devolverá el monto
pagado de la Prima que corresponda a la vigencia transcurrida a la fecha del siniestro de las
siguientes coberturas:
- Daños Materiales.
- Robo Total.
- Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.
- Gastos Médicos Ocupantes.
Defensa legal
En el supuesto de que por un accidente de automovilístico el conductor del vehículo o titular de la póliza se vea involucrado en la comisión imprudencial de delitos de lesiones, homicidio, daños en propiedad ajena, ataques a las vías generales de comunicación o cualquier combinación de ellos, esta cobertura proporcionará al conductor, los servicios profesionales de abogados las 24 horas del día los 365 días del año, para su asistencia legal y representación ante las autoridades competentes, a consecuencia de un percance vial, desde el momento en que sea inminente la presentación del conductor ante la agencia del Ministerio Público y/o Juzgados Cívicos y hasta la conclusión total y definitiva del asunto penal.
Doble semirremolque
Esta cobertura aplica siempre y cuando se tenga contratadas las cobertura de Responsabilidad Civil
por Daños a Terceros.
La responsabilidad civil se extiende al segundo remolque anclado a la quinta rueda.

Responsabilidad civil por daños terceros
Ampara la responsabilidad civil en que incurra el asegurado o cualquier persona que, con su consentimiento
expreso o tácito use el vehículo y que, a consecuencia de dicho uso, cause daños materiales
a terceros en sus bienes y/o cause lesiones corporales o la muerte, incluyendo la
indemnización por daño moral que en su caso legalmente corresponda.
Dentro del límite máximo de responsabilidad, esta cobertura se extiende a cubrir los gastos y costos
a que fuere condenado el asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito
use el Vehículo, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de su responsabilidad civil.
Accidentes conductor
Quedará amparado el asegurado o conductor que con su
consentimiento expreso o tácito use el vehículo amparado y hasta por el límite que en la carátula
de la póliza se indica.
Si durante la vigencia de este seguro y como resultado directo de un accidente automovilístico
sufrido por el conductor, dentro de los 90 días naturales siguientes a la fecha del mismo, la lesión
produjera cualquiera de las pérdidas enseguida enumeradas:
Por pérdida de, y % de la suma asegurada
La vida 100 %
Ambas manos o ambos pies o la vista en
ambos ojos 100 %
Una mano y un pie 100 %
Una mano y la vista de un ojo o un pie y la
vista de un ojo 100 %
Una mano o un pie 50 %
La vista de un ojo 30 %
El pulgar de cualquier mano 15 %
El índice de cualquier mano 10 %
Equipo especial
Se considera equipo especial cualquier parte, accesorio, rótulo, quemacocos (techo corredizo,
sunroof), y los mecanismos para su funcionamiento instalados en el Vehículo a petición expresa
del comprador o propietario, en adición o modificación a las partes o accesorios con los que el
fabricante instala originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.
Los riesgos amparados por esta cobertura se dividen en las siguientes secciones:
a) Ampara los daños materiales que sufra el equipo especial instalado en el vehículo, a consecuencia de los
riesgos descritos en la cobertura de Daños materiales.
b) Ampara el robo, daño o pérdida del equipo especial.
Daños por la carga
Esta cobertura aplica siempre y cuando se tenga contratadas las cobertura de Responsabilidad Civil
por Daños a Terceros.
De manera ilustrativa más no limitativa se comprende los tipos de carga:
Carga tipo A: Mercancía poco peligrosa en su transporte, por ejemplo: abarrotes, carnes, lácteos,
bolsas, calzado, corcho, cosméticos, plásticos, vidrio, anuncios.
Carga tipo B: Mercancía peligrosa en su transporte, por ejemplo: ferretería, herrería, madera, ganado
en pie, maquinaria, postes, rollos de papel, cable o alambre, viguetas de acero, materiales, partes o
módulos para la industria de la construcción.
Carga tipo C: Mercancía altamente peligrosa en su transporte, tal como sustancias y/o productos
tóxicos y/o corrosivos, inflamables y/o explosivos, o cualquier otro tipo de carga similar a las
enunciadas, excepto las sustancias definidas como clase o división 1 y 7 en la norma oficial mexicana
NOM-002-SCT o cualquiera que la modifique o sustituya.